GUÍA DE PERMISOS RETRIBUIDOS
Esta tabla resume los derechos de la plantilla para ausentarse del puesto de trabajo, sin pérdida de retribución, en base al Convenio Colectivo de la EMTT.
| Causa de la Ausencia | Duración | Condiciones Clave |
|---|---|---|
| Vacaciones Anuales y Días de Recuperación | 30 días naturales | La ley permite disfrutar las vacaciones en uno o dos periodos. La gestión operativa las estructura en bloques. |
| N/A (Se generan anualmente) | Estructura Operativa: Se disfruta en 4 períodos al año. Cada período consta de una semana de Vacaciones (7 días naturales) y una semana de Días de Recuperación (R). | |
| Matrimonio Propio o de Familiar | 20 días naturales | La licencia se concede al trabajador que contrae matrimonio. |
| 1 día | Para acudir al matrimonio de hijos, padres o padres políticos. | |
| 3 días naturales | Si el matrimonio se celebra fuera de Cataluña. | |
| Nacimiento o Adopción | 3 días naturales | El Convenio otorga 3 días. La normativa laboral actual (RDL 5/2023) establece nuevos derechos de permiso por cuidado que pueden ser más beneficiosos. |
| 5 días naturales | Se aplica el mínimo legal de 5 días si el trabajador convive con el recién nacido/adoptado (Art. 37.3.b del ET). Si el hecho ocurre a más de 100 km, el Convenio otorga 5 días. | |
| Parejas de Hecho | Mismos derechos que los matrimonios. | Se considera ‘unión estable’ la convivencia ininterrumpida de 2 años, escritura pública, o si hay descendencia en común (Art. 16.J). |
| Enfermedad Grave, Hospitalización, Ingreso o Intervención Quirúrgica | 5 días naturales (Mínimo Legal) | Este es el permiso mínimo establecido por la Ley (RDL 5/2023) para familiares hasta el 2º grado, el cual es **más beneficioso** que los 3 días del Convenio, ya que no exige la condición de distancia para obtener los 5 días. |
| N/A (Incluido) | Este permiso legal de 5 días se aplica por ser la **condición más favorable** y cubre todas las causas del antiguo Art. 16.C. | |
| Intervención Quirúrgica Menor (sin hospitalización) | 3 días naturales | Aplica a intervenciones sin hospitalización que requieran reposo domiciliario. |
| Fallecimiento de Familiar | 3 días naturales | Aplica a familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. El Convenio (3 días) es más beneficioso que la Ley (2 días). |
| 2 días adicionales | Si el fallecimiento ocurre en localidad distante a más de 100 km del domicilio (un total de 5 días). | |
| Traslado de Domicilio | 2 días naturales | Por cambio de residencia habitual. El Convenio (2 días) es más beneficioso que la Ley (1 día). |
| Exámenes | Máximo 20 días al año | Para títulos oficiales. Se requiere preaviso de 10 días y justificación. |
| Lactancia (Hijo/a menor de 9 meses) | 1 hora de ausencia diaria | El tiempo puede dividirse en dos fracciones. El derecho lo puede ejercer el padre o la madre si ambos trabajan. |
| 3 semanas y 2 días | Alternativamente, el tiempo puede **acumularse** para disfrutar de un periodo ininterrumpido a continuación del permiso de maternidad/paternidad. | |
| Asistencia a Médicos Especialistas (Seg. Social) | Tiempo indispensable | Previa prescripción del médico de cabecera y siempre que el horario del trabajador coincida totalmente con la consulta. |
| Asuntos Propios | 6 días al año (4 días al año de libre elección) | Base Legal: El total de días de Asuntos Propios es de 6 días pero 2 vienen incluidos en períodos vacacionales. Por lo que realmente se dispone de 4 días de Asuntos Propios anuales de libre elección. Solicitud mínima 48h de antelación. Límite: 15% de la plantilla de movimiento por día (excepto diciembre). |
| Deber Público y Personal | Tiempo indispensable | Para el cumplimiento de un deber público y personal (ej. citación judicial). |
Información Complementaria de Interés
- Baja por IT: La empresa complementa la prestación hasta el 100% de las retribuciones ordinarias en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Revisión Médica: Derecho a una revisión médica anual a cargo de la empresa.
- Recordatorio: Las licencias de Matrimonio, Nacimiento/Adopción, Enfermedad Grave y Muerte se autorizan en el momento, sin perjuicio de posibles sanciones si se comprueba falsedad en la causa alegada.
Marco Legal de Aplicación (El Principio de Condición Más Beneficiosa)
La aplicación de esta Guía se rige por el principio de jerarquía normativa. En virtud de la legislación española (Estatuto de los Trabajadores y normativa de Empleo Público) y los artículos 4 y 5 del Convenio (Unidad Orgánica y Absorción):
- El Convenio Colectivo de la EMT establece los derechos pactados, los cuales son más beneficiosos que el Estatuto en varios puntos (ej. Días por Matrimonio o Traslado).
- Si una Ley posterior (como el RDL 5/2023 o la normativa de Presupuestos Generales) establece una condición o permiso más beneficioso (ej. 5 días por Hospitalización), se aplica automáticamente la Ley sobre el texto antiguo del Convenio.
- Los datos aquí expuestos son el resultado de aplicar la condición más favorable al trabajador, comparando el Convenio con la legislación vigente.
Conclusión: Siempre se aplicará la norma (Convenio o Ley) que otorgue el mayor beneficio al trabajador en cada concepto.